Registro de Aceptaciones Impagadas

Información

Información general

El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) está constituido por la información relativa a aquellos impagos, exclusivamente de personas jurídicas, de cuantía igual o superior a 300 euros, que se produzcan en documentos en los que conste la firma del deudor reconociendo la deuda (letras aceptadas, pagarés cambiarios, cheques de cuenta corriente y pagarés de cuenta corriente), que sean de uso en masa en el sistema bancario y que tengan fuerza ejecutiva. Asimismo, recoge los recibos que suplan a las letras de cambio en los que conste la aceptación del deudor con su firma y cumplan los restantes requisitos antes señalados, salvo el de fuerza ejecutiva. La información la aportan Bancos, Cajas de Ahorro, Cajas Rurales y Cooperativas de Crédito ("entidades de depósito"). El plazo de permanencia de la información contenida en el RAI es, actualmente, de sesenta meses. A través de este servicio se suministra información del RAI a los acreedores (personas físicas o jurídicas que puedan acreditar que tienen un crédito concedido o solicitado por una persona jurídica) y a las empresas de informes de solvencia (aquellas cuya actividad sea proporcionar informes de solvencia). La información que se podrá consultar es el importe pendiente de pago por el deudor y el número de apuntes asociados a un deudor. La consulta debe realizarse necesariamente por el CIF del deudor. Hay dos procedimientos técnicos diferentes para acceder al fichero:
  • Vía Web: a través de esta página web. El usuario teclea su código y contraseña e introduce el/los CIF/s que quiere consultar. Finalizada la consulta, recibirá por email un código de consulta, con el que, una vez realizado el pago, podrá obtener la información del RAI.
  • Vía Tramas de información: a través de una conexión dedicada con el prestador del servicio, que deberá configurarse previamente. En este caso, el usuario debe desplegar una infraestructura de telecomunicaciones.

Condiciones del servicio

Sólo podrán acceder al servicio los usuarios que estén en cualquiera de los dos casos siguientes:
  • Acreedores: personas físicas o jurídicas que puedan acreditar que tienen un crédito concedido o solicitado por una persona jurídica.
  • Empresas de informes de solvencia: aquellas cuya finalidad sea la actividad de proporcionar informes de solvencia.
Tanto unos como otras pueden consultar Vía Web o Vía Tramas de información.   El servicio, tanto en el acceso vía Web como en el acceso vía Tramas de Información, se presta bajo las CONDICIONES GENERALES PARA EL ACCESO, OBTENCIÓN Y SUMINISTRO DE INFORMACIÓN DEL RAI A ACREEDORES Y EMPRESAS DE INFORMES DE SOLVENCIA y otras condiciones específicas para la modalidad de acceso escogida.  

Precio y facturación

El precio del servicio es el especificado en CONDICIONES ECONÓMICAS PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL RAI .   En el acceso vía Web, el usuario deberá pagar las consultas por anticipado, a través de los mecanismos establecidos en la página Web. Una vez realizada la consulta, se generará automáticamente la correspondiente Factura, que se enviará por e-mail o descargarse de la Web. Los usuarios registrados disponen de acceso a su historial de facturación.   En el acceso vía Tramas de información se facturarán mensualmente las consultas realizadas.

Alta de usuarios

Para darse de alta, el usuario debe descargarse, firmar y remitir al prestador del servicio un Documento de Aceptación de las condiciones de acceso, obtención y suministro de información del RAI a acreedores y empresas de informes de solvencia, tanto si pretende acceder vía Web o vía Tramas de información.
 
 
 
 Teléfono: 902 103 406 | e-mail: helpdesk@ficherorai.com